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En Colombia, el uso de productos agroquímicos prohibidos en el sector cafetero conlleva consecuencias legales reguladas por el ICA, conforme a la Ley 1955 de 2019, artículos 156 y 157. Las sanciones pueden incluir amonestaciones, multas de hasta 10,000 salarios mínimos, y la suspensión temporal o cancelación de certificaciones por dos años. También se puede aplicar la prohibición de producción de ciertas especies. Entre los agroquímicos prohibidos se destacan el Clorpirifos, Fipronil y Captafol.